Loading ...
Global Do...
News & Politics
5
0
Try Now
Log In
Pricing
CC. SECRETARIOS DE LA “LV” LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO C I U D A D MELQUIADES MORALES FLORES, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, y C O N S I D E R A N D O Que el gobierno del Estado de Puebla es propietario de cuatro porciones de terrenos rústicos en breña denominado “LA EXPLANADA” , que se encuentra ubicado al Sureste de esta Ciudad de Puebla, con una superficie de ciento setenta y nueve mil ochocientos treinta y nueve metros, cincuenta y cuatro decímetros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias. AL NORTE.- En quinientos ochenta y un metros, cuarenta y siete centímetros, linda con la zona de protección federal del Río Alseseca; AL SUROESTE.- En quinientos cuarenta y cuatro metros, seiscientos treinta y seis milímetros, linda con el predio del que se segrega: AL ORIENTE.- En seiscientos sesenta y seis metros, trescientos dieciséis milímetros, en línea quebrada de tres tramos, con propiedad particular; y AL PONIENTE.- En doscientos tres metros, ochocientos cincuenta y un milímetros, en línea quebrada de cinco tramos, con la zona de protección federal del Río Alseseca. Que el Gobierno del Estado adquirió la propiedad del referido predio, por dación en pago que a su favor celebró el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, según consta en el Instrumento Público número treinta y tres mil ochocientos sesenta y cinco, del volumen ochocientos setenta y ocho, de fecha veintinueve de enero de mil novecientos noventa y seis, de los de la Notaría Pública Número Cuarenta y Cinco de esta Ciudad de Puebla, e inscrita en el Registro público de la Propiedad de esta Ciudad, el día cinco de marzo de mil novecientos noventa y seis, bajo la partida registral número trescientos setenta y siete, a fojas ciento veintiséis, del Tomo quinientos sesenta y nueve del Libro uno. Que con fecha veinticuatro de julio de dos mil dos, la Rectora Universidad Realística de México solicitó al Ejecutivo del Estado, la donación de una fracción del predio descrito en el Considerando Primero, con la finalidad de ampliar la infraestructura educativa de esa Universidad. Que para atender esa petición, el Ejecutivo del estado a través de la secretaría de Desarrollo Urbano, Ecología y Obras Públicas, se procedió a realizar levantamiento topográfico en el cual se segrega y delimita una superficie de diez mil metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORESTE.- En ciento veinte metros, cincuenta y ocho centímetros, con el terreno restante del predio del que se segrega; AL NOROESTE.- En noventa y cuatro metros, cuatro centímetros, con el terreno restante del predio que se segrega; AL SURESTE.- En noventa y tres metros, treinta y cinco centímetros, con el ejido de san francisco Totimehuacán; y AL SUROESTE.- En ciento veinte metros veintinueve centímetros, con el predio perteneciente al Panteón Valle de los Angeles, con la vialidad “G” de por medio. Que en virtud de que el Plan Estatal de Desarrollo 1999 – 2005, dentro del rubro de Progreso Social, contempla como uno de los objetivos la consolidación de la Educación Superior para formar profesionistas que se integren al proceso productivo del Estado , bajo la premisa de que las aciones conjuntas entre el Gobierno y los Centros de Educación Superior inciden de manera sustantiva en el logro de mejores y más eficaces resultados, en ese contexto se aprueba la donación propuesta, la que sin duda beneficiará no solo a los jóvenes estudiantes de este Centro Educativo, sino que también a los de esta Región. Que en mérito de lo expuesto y en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 63 fracción I y 79 fracciones II y XX de la constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; me permito someter a la consideración de ese Honorable Congreso Local, para su estudio y aprobación en su caso el siguiente: D E C R E T O ARTICULO PRIMERO.- Se autoriza al Ejecutivo del Estado, a donar a favor de la Universidad Realística de México, la superficie de diez mil metros cuadrados, que se segregan de las cuatro porciones de terrenos rústicos en breña denominado “LA EXPLANADA”, ubicado al Sureste de esta Ciudad de Puebla, con las medidas y colindancias señaladas en el considerando cuarto de este Decreto. ARTICULO SEGUNDO.- La superficie objeto de esta donación, será destinada única y exclusivamente, para que en él, se amplíe y consolide la infraestructura educativa de la Universidad Realística de México.. T R A N S I T O R I O ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. Dado en la sede del poder Ejecutivo, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil tres EL C. GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIC. MELQUIADES MORALES FLORES EL SECRETARIO DE GOBERNACION CARLOS ARREDONDO CONTRERAS MAESTRO EN DERECHO